A este beneficio podrán acceder trabajadores cesantes a través de las Cajas de Compensación Familiar.
El Gobierno Nacional estableció este mecanismo de protección al cesante, al cual podrán postularse para acceder a él todos aquellos trabajadores dependientes o independientes que estén desempleados actualmente, y que durante el tiempo que hayan estado afiliados a las Cajas de Compensación Familiar hubiesen estado clasificados en la categoría A y B.
Todas aquellas personas cesantes que se postulen para tener acceso a este beneficio, tendrán acceso a aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones, calculado sobre 1 salario mínimo legal mensual vigente. Del mismo modo recibirán la cuota monetaria del subsidio familiar para hijos, hermanos en situación de discapacidad o padres dependientes, en los mismos términos y valores que se venían entregando y en las condiciones establecidas en la legislación vigente aplicables al Sistema de Subsidio Familiar.
También se les cubrirá una transferencia económica para los gastos, de acuerdo con las necesidades y prioridades de consumo de cada beneficiario, por un valor de dos 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes, los que se dividirán en 3 mensualidades iguales.
¿Qué debe hacer para postularse?
1. El postulante debe acreditar ante la última Caja de Compensación Familiar a la que estuvo afiliado, certificación sobre la terminación del contrato de trabajo en caso de trabajadores dependientes o cese de ingresos en caso de independientes.
2. Diligenciar de manera electrónica el formulario único de postulación al Mecanismo de Protección al Cesante.
Para aquellos beneficiarios que no puedan hacerlo por este medio, lo podrán descargar en la página web de la respectiva Caja de Compensación Familiar, el cual deben diligenciar, firmar y remitir a la Caja respectiva, conforme lo dispuso la Superintendencia de Subsidio Familiar.
Posterior a esto las Cajas de Compensación estarán validando la información en sus bases de datos sobre acreditación del tiempo de aportes y la categoría del postulante. En el caso de que existan aportes realizados a una Caja de Compensación diferente, se le deberá requerir para que certifique lo pertinente y la respuesta debe ser dada en un plazo no superior a 3 días hábiles.
El Ministerio de Trabajo hace un llamado a todos aquellos que quieran recibir el beneficio de no postularse a más de una Caja de Compensación Familiar, ya que podrían perder el beneficio.
*Con información de Prensa Mintrabajo
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