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La represa del rancheria en el limbo

Amylkar D. Acosta M1


Han transcurrido 38 años desde que la firma italiana IFAAGRARIO formulara por  primera vez el proyecto de la Represa del Río Ranchería, que en su origen primigenio  tuvo por finalidad el regadío de las feraces tierras del sur de La Guajira. Con el paso  de los años y con el fin de ampliar su beneficio, así como de viabilizar su ejecución,  se tornó en multipropósito, pues además de la irrigación ahora se contemplaba su  aprovechamiento para generar energía y para el abastecimiento de agua.  


Represa El Cercado, Río Rancheria. Articulo por Amylkar Acosta
Represa El Cercado, Río Rancheria. Fotografía: Agencia de Desarrollo Rural


Este proyecto fue declarado como de importancia nacional estratégico (PINE:  Documento CONPES 3362, julio 14 de 2005) y por ello ha debido ser objeto de la  aplicación del Documento CONPES 3762 de 2013, que prescribe su priorización y  la acción expedita por parte de las entidades responsables. Posteriormente el  Documento CONPES 3926 del 23 de mayo de 2018 estableció como “línea de acción 3.4” la culminación de este proyecto, contemplado posteriormente en la Ley 1955 de  2019 del Plan Nacional de desarrollo 2018 – 2022.  


Después de muchas idas y venidas, vueltas y revueltas, se construyó la primera de  sus dos fases, la presa de El Cercado, a un costo de $637.369.4 millones, la cual se  concluyó en el 2010 y desde entonces allí permanecen embalsadas 190 millones de  metros cúbicos de agua, configurándose un monstruoso detrimento patrimonial,  convertido en el mayor elefante blanco del país 2 . A esa conclusión llegó el ex  Contralor General Edgardo Maya, “por la gestión antieconómica que ha presentado  el proyecto”


De nada ha valido la providencia del Tribunal Contencioso Administrativo de La  Guajira que el 4 de marzo de 2020 ordenó a la Agencia de Desarrollo Rural (ADR) que, sin más dilaciones, se acometiera la ejecución de la segunda fase del proyecto, tal como  quedó establecido en el Documento CONPES 3926, que comprende los sistemas de  riego, drenaje y vías a nivel principal, secundario y predial. En fallo de segunda  instancia, el Consejo de Estado confirmó dicha Sentencia y conminó al Gobierno  Nacional, en junio de 2023, de manera perentoria, a concluir el Proyecto  multipropósito de la Represa del Río Ranchería 3 


En estas estábamos, cuando el Presidente Gustavo Petro resolvió el 2 de julio de 2023  declarar la Emergencia económica, social y ecológica, para lo cual expidió el  Decreto 1085 y al amparo del mismo expidió once decretos, entre ellos el 1273 de  julio 31 “por medio del cual se adoptan medidas en materia de agricultura y  desarrollo rural”, el cual contemplaba en su artículo 7, que el Ministerio de Vivienda  “asumirá transitoriamente la propiedad, posesión, administración, operación y  desarrollo de las actividades y obligaciones del Proyecto multipropósito del Río  Ranchería”, hasta tanto fueran asumidas por el Instituto de la Gestión del Agua de  La Guajira, creado mediante el Decreto legislativo 1250 de 2023, que hasta entonces  estuvo bajo el control de la Agencia de Desarrollo Rural (ADR)


De no haber sido por la declaratoria de inexequibilidad del Decreto de marras por  parte de la Corte Constitucional, con el mismo se le habría dado entierro de tercera a los distritos de riego de San Juan del Cesar y de Fonseca, so pretexto de que el agua  de la presa únicamente se debería usar para consumo humano, no obstante que de  acuerdo con el estudio de factibilidad del proyecto multipropósito, actualizado en  2021, el suministro de agua potable a 9 de los 15 municipios del Sur del  Departamento no es incompatible con la irrigación de las 18.000 hectáreas de los  distritos de riego.  


Tanto más en cuanto que el florecimiento de la agricultura, que contribuye además a  la diversificación de la economía regional, altamente dependiente de la actividad  extractiva, contribuye a garantizar la seguridad alimentaria y el derecho humano a  la alimentación, de la cual adolece La Guajira, tal y como lo dejó establecido la  Sentencia T – 302 proferida por la Corte Constitucional en 2017, al declarar el Estado  de cosas inconstitucional. Así lo prevé, además, el artículo 4º del mismo Decreto que  alude a “medidas especiales para la adquisición y destinación de tierras en La  guajira”, para lo cual se declaró como de utilidad pública en interés social la Zona  Especial de Protección de la Producción de Alimentos declarada por el Ministerio  de agricultura en las zonas específicas del Departamento de La Guajira”.  


Luego del fallo de la Corte Constitucional que dio al traste con los decretos con  fuerza de ley expedidos por el Presidente Petro en virtud de la declaratoria de la  Emergencia, el Proyecto multipropósito de la Represa del Río Ranchería volvió a  quedar en el limbo. Todo se limita ahora a la administración, control técnico,  operación y mantenimiento de la infraestructura de la presa de El Cercado con el fin  de garantizar la preservación y mantenimiento de los costosos equipos allí instalados,  en condiciones de seguridad. Con tal fin la Agencia de desarrollo rural (ADR)  contrató el 18 de julio de 2023 a la firma OR Construcciones Ingenierías S.A.S, el  cual finiquitó el pasado 15 de diciembre.  

Preocupa sobremanera que desde entonces las instalaciones y la presa de El Cercado  misma están al garete, sin quien las administre, opere y mantenga, poniéndolas en  alto riesgo de una contingencia. Cabe advertir que allí están instalados equipos y  accesorios críticos que ameritan una operación especializada para garantizar su normal funcionamiento, entre ellos, a guisa de ejemplo, las válvulas de fondo Howell  Bunguer, las cuales requieren maniobras constantes con el fin de garantizar su  normal funcionamiento y conjurar oportunamente fallas que puedan comprometer su  operatividad. Lo propio puede decirse con respecto al funcionamiento de la planta  eléctrica que proporciona el fluido eléctrico que requieren. 


Por lo demás, la presa de El Cercado y el agua allí embalsada tienen una dinámica  hidráulica propia que requiere un estricto control y vigilancia con el fin de  monitorear la corriente del río, cumplir a cabalidad el “caudal ecológico” exigido por  CORPOGUAJIRA, así como con el suministro de agua cruda a los acueductos de  Fonseca, Barrancas y Distracción. Cabe preguntarse hasta cuándo se va a prolongar  esta situación de imprevisión e improvisación, rayana en la irresponsabilidad, que  pone en alto riesgo la integridad de la Represa del Río Ranchería, hoy a la deriva,  que compromete de paso su carácter multipropósito, que sólo se podrá materializar  mediante la ejecución de la segunda fase de este proyecto aún inconcluso. 


1 Miembro de Número de la ACCE 

2 Amylkar D. Acosta M. A medio palo. Julio, 16 de 2011/ Los elefantes blancos. Septiembre, 26 de 2020 3 Amylkar D. Acosta M. La represa represada. Febrero, 26 de 2018/ La Represa del Ranchería sigue represada. Junio,  18 de 2022


Bogotá, febrero 26 de 2024 

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