Declaración de alerta roja hospitalaria por el aumento en la ocupación del número de camas de unidad de cuidados intensivos para pacientes contagiados de COVID-19, en el departamento de La Guajira.
La Secretaría de Salud de la Gobernación de La Guajira expidió circular declarando la alerta roja hospitalaria debido al incremento en la notificación de casos de COVID los cuales a corte 2 de abril son de 18.365
La decisión se tomó luego de analizar los indicadores epidemiológicos expuestos, así como el indicador de porcentaje ocupacional de la unidad de cuidado intensivo de los (3) tres últimos días, presentando una tendencia sostenida pasando de un 63% el 31 de Marzo, a un 70% el 02 de abril del 2021.
La alerta roja se anuncia para toda la RED prestadora de servicios de salud del departamento, con el fin de extremar las medidas preventivas y de autocuidado frente al alto contagio debido al importante número de población susceptible (Población Etnica y Población Migrante) a partir de las 00.00 horas del dia 03 de abril del 2021 la cual tendra vigencia hasta cuando el comportamiento de ocupación cama disminuya de acuerdo a los reportes diarios sobre ocupacion y disponibilidad de camas hospitalarias.
La Secreataria de Salud del Departamento de la Guajira - El Centro Regulador de Urgencias y Emergencias – CRUE, asume el control de la oferta y disponibilidad de las unidades de Cuidado Intensivo y Unidades de Cuidado Intermedio, organizará los procesos de Referencia y Contrarreferencia y de ser necesario intervendrá en los procesos de remisión con demoras injustificadas.
Se comunicó en la circular
La Gobernación también indicó que se deberán continuar adaptando su capacidad de oferta de servicios de acuerdo con las necesidades de la población, en tal sentido seguirán adelantando el plan de reconversión y expansión de servicios, según el comportamiento de la demanda y necesidades de tratamiento oportuno, que será regulado, gestionado y modulado por la secretaria de salud Departamental de La Guajira.
Para leer las instrucciones que debe seguir la misma Secretaría de Salud Distrital y Municipales, Las Empresas Administradoras de – EAPB, Las Instituciones Prestadoras de de Servicios de Salud y la comunidad en general. Ver circular aquí:
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