Los alcaldes de municipios con alta afectación de Covid-19 podrán restringir las actividades que consideren pertinentes.
En el departamento del Atlántico, desde este 1 de septiembre, inicia una nueva etapa de la emergencia sanitaria al igual que en el resto del país, en donde la responsabilidad individual será clave para seguir avanzando en el proceso de reactivación gradual, cumpliendo con todas las medidas de autocuidado para continuar disminuyendo la propagación de la COVID-19.
La gobernadora, Elsa Noguera, anunció las medidas que regirán en el departamento en esta nueva etapa, las cuales están expedidas en el decreto 00310 del 30 de agosto de 2020, donde también se decreta el aislamiento selectivo en el Atlántico.
En uno de los apartes del documento se establece que "la medida rige para todos los municipios del departamento del Atlántico, a partir de las cero horas del primero de septiembre del 2020, hasta las cero horas del primero de octubre de 2020. Esta medida deberá cumplirse en observancia de los protocolos de bioseguridad de comportamiento del ciudadano en el espacio público para la disminución de la propagación de la pandemia y la disminución del contagio en las actividades cotidianas expedidos por el Ministerio de Salud y Protección Social".
Así mismo, el decreto indica que los habitantes de los municipios del departamento estén fuera de su domicilio, deben cumplir obligatoriamente con el uso del tapabocas, el cual debe cubrir nariz y boca.
Actividades prohibidas
Estará restringido el ejercicio de actividades presenciales en los siguientes espacios:
Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.
Bares, discotecas y lugares de baile.
El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio.
En cuanto a la apertura gradual de los diferentes sectores, un equipo conformado por funcionarios de las Secretarías de Salud, Desarrollo Económico y Jurídica, serán los encargados de brindar acompañamiento a los alcaldes municipales para verificar los protocolos de bioseguridad a implementar.
Del mismo modo, de acuerdo a lo explicado por el secretario del Interior del Departamento, Yesid Turbay, los alcaldes estarán en la facultad de solicitar al Ministerio del Interior autorización para implementar planes piloto en: establecimientos y locales comerciales que presten servicio de restaurante o bares, para el consumo de bebidas embriagantes dentro del establecimiento o local.
Por otra parte, la ferias empresariales se podrán realizar iempre y cuando se cumplan los protocolos de bioseguridad y las normas sobre aglomeraciones emitidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, para el desarrollo de estos eventos.
Es importante destacar, que los alcaldes también podrán tomar decisiones en cuanto restringir las actividades, áreas, zonas y hogares que consideren pertinentes para la realización de un aislamiento selectivo y focalizado, con autorización del Ministerio del Interior y previo concepto del Ministerio de Salud y Protección Social.
Teniendo en cuenta sus atribuciones constitucionales y legales como primera autoridad de orden público, podrán emplear medidas extraordinarias de policía como el toque de queda, pico y cédula, ley seca, entre otras, de acuerdo con la variación en el comportamiento de la pandemia.
Las entidades del sector público y privado, deben garantizar que los empleados o contratistas, cuya presencia no sea indispensable en la sede de trabajo, puedan continuar desarrollando sus funciones y obligaciones desde casa, en el tiempo que dure la emergencia sanitaria.
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