Tras luz verde del Ministerio del Interior, en la autorización de venta de bebidas embriagantes en restaurantes y bares, en Sincelejo 36 establecimientos comerciales ya dispuestos para la reapertura e implementación del plan piloto.
Su reapertura está condicionada a un aforo de máximo el 30% de la capacidad del lugar, sin sobrepasar las 50 personas; con distanciamiento obligatorio y el uso del tapabocas, mientras no se consume la comida o bebida.
De manera paulatina y de acuerdo a la variación epidemiológica del municipio de Sucre, más negocios de este tipo retornaran a su actividad, para ello, según comunicó el ente territorial, deben cumplir con las medidas de bioseguridad establecidas por el Ministerio de Salud e inscribirse en la Oficina de Desarrollo Económico de Sincelejo.
El departamento informó que la activación de su actividad económica, de acuerdo al Decreto 1168 del 2020 y en el marco de la emergencia sanitaria por la covid-19, puede inscribirse mediante el correo electrónico: sincelejoconsulta@sincelejo.gov.co
Requisitos:
1. Anexar matrícula mercantil de Cámara de Comercio, tarjeta profesional y/o RUT vigente, según aplique.
2. Anexar PROTOCOLO DE BIOSEGURIDAD con evidencias fotográficas, adaptado a las resoluciones dispuestas en la página web del ministerio de salud, de acuerdo a su tipo de actividad:
a) Actividades de servicios de comida y bebidas (no embriagantes), para el servicio presencial al público: resoluciones 666, 735, 749 y 1050.
b) Sector religioso: resoluciones 666 y 1120
c) Casinos y bingos: resoluciones 666 y 1359.
d) Centros de entrenamiento y acondicionamiento físico: resoluciones 666 y 1313
e) Salas de cine y teatros: resoluciones 666 y 1408.
f) Actividades de la industria hotelera: resoluciones 666 y 1285.
g) Parques de diversión, jardines botánicos y reservas naturales: resoluciones 666 y 1421.
3. Diligenciar el formato excel con la lista de empleados, que puede descargar en la página web de la Alcaldía de Sincelejo.
La respuesta se efectuará dentro de un periodo de 72 horas.
La violación e inobservancia de las medidas de bioseguridad, acarrearán medidas sancionatorias y penales.
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